Micelio
Auto3 de diciembre de 2008

A- de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Adelfa Jaramilla De Arias Como Agente Oficiosa De María Fabiola Ospina Vs. Eps Comfenalco

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Juzgado Décimo De Familia De Medellín Y El Juzgado Séptimo Administrativo Del Circuito De Medellín. Se Reslvió Remitir El Expediente De La Referencia A La Oficina De Apoyo Judicial De Medellín A Fin De Que Efectúe El Reparto Entre Los Juzgados Municipales De Esta Ciudad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Remisión a Oficina de Apoyo Judicial a fin de efectuar el reparto entre los juzgados municipales por cuanto ninguna de las autoridades entre las cuales se trabó el conflicto tiene dicha categoría
Conflicto Aparente De Competencia
  • Asunto no corresponde a incidente de desacato sino a una nueva acción de tutela
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela interpuesta por Adelfa Jaramillo de Arias contra Comfenalco EPS-S, a la Oficina de Apoyo Judicial de Medellín, con el fin de que efectúe el reparto entre los Juzgados Municipales de esta misma ciudad.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General COMUNÍQUESE al Juzgado
  3. Décimo. de Familia y al Juzgado
  4. Séptimo. Administrativo de Medellín, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional en relación con el conflicto de competencia.
  5. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.